sábado, 31 de agosto de 2013

Reporte Libertad hernandez

Beto ciudadano sí pudo votar
Beto sí pudo votar.  Semanas antes del 1º. de julio no había certeza de si iba a poder ejercer su derecho y su deseo de participar en las elecciones para presidente de Mexico, jefe de gobierno del Distrito Federal y legisladores. María Elisa Salas fue funcionaria de la casilla en la que le tocaba votar a su hermano con limitaciones de movimiento y de lenguaje por una parálisis cerebral.
Pero se decepcionó cuando el capacitador electoral  le dijo que José Alberto no iba a poder votar porque el artículo 266, numeral 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos  Electorales (COFIPE) señala que no se permite el voto de personas “privadas de sus facultades mentales”.  No es caso de José Alberto, debido a que no controla sus músculos, lo que él  requiere son apoyos para expresar su voluntad y para conducirse en la vida diaria. Pero lamentablemente es común que se confunda la parálisis cerebral con padecimiento mental.

Elisa se inconformó y buscó la forma de lograr que Beto participara como todo ciudadano. Beto, a sus 20 años, estaba involucrado en el tema, siguió todos los debates entre candidatos a la Presidencia, se entusiasmó con el movimiento de estudiantes conocido como #Yosoy132 .  Apoyado en su herramienta de comunicación aumentativa (un cuaderno con íconos ordenados por temas y en línea horizontal y vertical para cruzarlos y expresar ideas y voluntades) participó  con su familia y con sus compañeros de escuela en la discusión sobre qué partido ofrecía la mejor opción y cual la peor.
                  Funcionario de casilla revisa la credenical de Beto
 
IFE refrendó el derecho a la no discriminación
Elisa, Beto y su familia,  con el apoyo del Lic. Agustín de Pavía quien hace abogacía por los derechos de las personas con discapacidad desde la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los  Derechos Humanos (CMDPDH),  lograron que hubiera certezas para Beto. A una semana de las elecciones, De Pavía presentó una “reclamación” por discriminación contra el IFE ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación CONAPRED, que a su vez pidió al IFE que informara sobre las medidas que implementaría para garantizar el derecho al voto de todas las personas con discapacidad, sin distinción, con base en los compromisos asumidos por México en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.  

La respuesta satisfactoria –porque hubo una que seguía dejando en el criterio del funcionario de casilla la posibilidad de que Beto o alguien como él pudiera votar --  llegó el 27 de junio en una comunicación de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del IFE dirigida a todos los funcionarios implicados en la organización de las elecciones en la que establece que a fin de que la institución cumpliera con el objetivo de “brindar garantías de participación sin discriminación” a todo ciudadano mexicano con credencial de elector y con alguna discapacidad física, mental o de cualquier tipo,  “no se podrá discriminar y en consecuencia, limitar o restringir el derecho de votar a las personas con cualquier tipo de deficiencia física, mental, intelectual o sensorial”.  Y señala que el Art. 266 , 5 del COFIPE sobre personas privadas de sus facultades mentales “nunca debe ser considerada una condición similar a las diversas discapacidades físicas o mentales”.

Con esta comunicación quedaban despejadas las dudas de Beto y su familia; nadie podía impedirles que él votara con apoyos. También en los días previos el colectivo La Pirinola A.C elaboró,  en acuerdo con el capacitador del  IFE Roberto Altuzar, una guía rápida para los ciudadanos funcionarios de casilla sobre cómo facilitar el voto de PCD.

Fueron acciones de útlima hora, pero acciones necesarias, pues el tema de los derechos de esta población aún sigue siendo secundario en las instituciones mexicanas. 
Terreno despejado

Y llegó el día, uno muy importante para José Alberto, el día en que estrenaría un derecho como ciudadano.  Le tocó votar en una concurrida casilla en la elegante zona residencial del Pedregal de San Jerónimo, al sur de la ciudad de México. La gente estaba formada en orden, la mayoría muy bien ataviada, mujeres en altos tacones, jeans ajustados o los leggins de moda; los hombres  en ropa casual, pero elegante.  Las mesas de votación estaban colocadas en el patio de una escuela bajo una carpa, sin obstáculos adentro, pero la entrada al patio era una pequeña puerta con un gran escalón. Sí, el papá y un hermano de Beto tuvieron que alzar la silla de ruedas para poder entrar.
De pronto comenzó a llover  o a “chispear” como decimos en México, ese goteo constante que no deja de caer y que va mojando de a poco.  Suficiente agua para que toda esa gente elegante buscara cómo refugiarse rápidamente. Eso agregó tensión a la escena, donde los ciudadanos funcionarios de casilla estaban abrumados de por sí atendiendo a la gente.
Como  Beto iba en silla de ruedas, tenía prioridad para pasar y mostrar su credencial sin tener que hacer fila.  Su mamá la llevaba en la mano y la entregó al presidente de la mesa, quien rápidamente localizó el nombre en las listas de electores.  El ambiente era de tensión, no por la presencia de Beto, sino por las señoras que exigían al presidente de casilla su derecho a no mojarse y se agolpaban bajo la carpa donde había mesas de funcionarios, urnas y representantes de los partidos políticos, vigilantes de cualquier movimiento en falso.
Y para agregarle emoción, esta reportera con su cámara fotográfica siguiendo a Beto, su mamá y su asistente personal.  Aunque de manera apresurada, mi compañero reportero Daniel Shifter y yo nos presentamos y acreditamos en la mesa como observadores electorales y en particular, observadores del voto de personas con discapacidad . Anuncié que iba a tomarle fotos.  El presidente de la casilla únicamente me preguntó si ya le había pedido permiso a la familia y no tuvo inconveniente en dejarme entrar y hasta invadir el espacio de los funcionarios de casilla.
               
Pero el horno no estaba para bollos; en una jornada electoral muy observada y en un entorno de desconfianza entre los representantes de los partidos políticos por las prácticas de fraude conocidas y otras insospechadas, el escandaloso click de mi cámara –zwrishchzzz—hizo saltar de su asiento al representante de un partido que gritó  desde el otro lado de la mesa ¡hey, está prohibido tomar fotos! 
En tanto, no podíamos perder el instante en el que doña Josefina, mamá de Beto, se colocaba frente a él mostrándole una mica con los emblemas de los partidos para que señalara con la vista el de su elección.  A la protesta respondí también con un grito “amable” mostrando mi acreditación del IFE – ¡Soy observadora del voto de las personas con discapacidad! No estoy fotografiando las boletas, sólo al joven.—  Mientras, doña Jose marcaba las boletas con la mampara móvil que le acercaron a la mesa los funcionarios de casilla para facilitarle la tarea. 
                               Doña Jose con la plantilla de comunicación aumentativa frente a Beto
Ella también estaba apresurada y nerviosa por el amontonamiento de gente, la presión de las señoras que no querían despeinarse con la lluvia y las suspicacias de los otros observadores.  Además había gente del ámbito artístico y empresarial que llamaban la atención de los presentes.  Alguien a mi lado dijo -- Olegario, te toca esta fila --  y sí, se trataba de Olegario Vázquez Aldair, heredero y director del corporativo de medios Grupo Imagen, todo engominado y perfumado.  
Familia, misión cumplida

A fin de cuentas, la familia Salas lo  logró. Una vez marcadas las boletas, don Guillermo, el papá de Beto, las tomó para ir a depositarlas a las urnas. Una atenta funcionaria se acercó a poner tinta indeleble en el pulgar de José Alberto, mientras otro marcaba su credencial de elector dejando testimonio de su participación en este acto cívico. Por último, Antonio, el asistente personal de este joven y quien siempre estuvo a su lado, lo condujo a la salida en la silla de ruedas.

Misión cumplida. Con gotas de sudor en la frente a  pesar del frio, con los cabellos mojados y abriendo los paraguas, la familia Salas sonreía. De esto se trata cuando se habla de la toma de decisiones con apoyos para facilitar el ejercicio de derechos de las personas con discapacidades.
Don Guillermo estaba satisfecho: “Estamos muy agradecidos con todos los funcionarios de casilla, todos fueron muy comprensivos y ayudaron a que saliera bien todo. Todo mundo vio por quien votó o el que quería vio pero ni modo porque es una forma en que haya confianza y que se vea que está escogiendo a aquel partido por el que él decide y él es muy claro, aunque no habla, con su expresión facial se puede ver claramente por cuál decide.”

Su hermano Fernando manifestó un deseo: “la verdad estoy muy contento porque sí se pudo hacer esto con regularidad y ojalá y en el resto de la República haya este tipo de oportunidades. ”
Daniel Schifter ya había tenido oportunidad de entrevistarlos para el programa de La Pirinola gira en la radio, y les preguntó qué les había parecido la accesibilidad, dijeron que en general no tuvieron problemas.
Antonio Ortega, su asistente, nos platicó sobre el papel que él juega en la vida cotidiana de Beto: lo apoyo en todo, vestirlo, bañarlo, llevarlo a la escuela”. Don Guillermo dijo de Antonio “lo quiere mucho, yo veo que cuando le pasa algo se preocupa, es muy buena persona y se ha tomado muy enserio su trabajo.”
José Alberto lo logró, fue un trabajo de equipo. Y su primera vez ejerciendo el voto provocó el activismo de su hermana Elisa, quien al llamar la atención sobre una deficiencia en la capacitación a ciudadanos funcionarios de casilla, logró que el IFE diera un paso más allá de lo que establece la ley electoral  y refrendara el derecho a la no discriminación de todas las personas con discapacidad.
Audio (entrevista con familia Salas) 


                               Beto con su papá, su asistente y un hermano


Sensibilidad y educación cívica facilitarían el voto de personas con discapacidad
Como parte del ejercicio de observación electoral al que denominamos “Yo Elijo”, una iniciativa de La Pirinola A.C en conjunto con Fuerza Ciudadana y Dis-capacidad.com, Daniel Schifter, joven reportero de La Pirinola, amante de la música, con discapacidad por síndrome de Asperger, y esta reportera salimos el pasado domingo 1 de julio a conocer si las personas con discapacidad en la ciudad de México ejercen su derecho a votar como todo ciudadano y si las casillas de recepción del voto, los ciudadanos funcionarios que las atienden y el entorno social y físico están preparados para facilitar este derecho. 
En grupos de 2 o tres personas, entre quienes había personas con discapacidad visual, auditiva, motora e intelectual, recorrimos varias zonas de la ciudad. Estuvimos reportando en twitter como #YoElijoMX
                 Señor en silla de ruedas mostrando su dedo entintado

Se trató de la jornada electoral más concurrida en México, según ha informado el Instituto Federal Electoral (IFE), con 63% de participación de los ciudadanos registrados. En la capital mexicana la participación fue del 66% , 4 millones 770 mil personas acudieron a las casillas, un récord.
No se tiene registro de cuántos electores inscritos tendrían alguna discapacidad, el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) no tiene ese dato, como no lo hay tampoco a nivel federal. Pero más allá de la cantidad de votantes, lo interesante era ver si jóvenes y adultos con discapacidad estarían interesados en participar y si podrían hacerlo.

En México, hay que decirlo, la historia de las elecciones está marcada por la sombra del fraude y la desconfianza entre partidos políticos por las trampas que se sabe, hacen unos y otros para ganar. Por ello son ciudadanos elegidos al azar y capacitados por la autoridad electoral, los encargados de recibir el voto de los ciudadanos, verificar que cuenten con una credencial válida y que sólo voten una vez. Con la debida capacitación, son los ciudadanos funcionarios de casilla la máxima autoridad en las mesas de votación, ellos deciden si alguien cumple o no las condiciones para votar.

También hay que decir que los lugares donde se colocan las casillas están dentro de la comunidad,  están en el patio de una casa del vecindario, en una escuela, en centros deportivos e instalaciones consideradas neutrales. Esto hace que no haya un estándar en las condiciones de accesibilidad física en las casillas. La autoridad electoral busca, según nos explicaron en la capacitación como observadores, que haya las mejores condiciones de accesibilidad, pero no siempre encuentran los lugares adecuados. La misma falta de accesibilidad que hay en general en la ciudad de México, se reproduce en el universo de las mesas de votación.

Con Daniel recorrimos 12 casillas durante toda la jornada en la  delegación Magdalena Contreras, a lo largo de avenida San Francisco, al sur poniente de la ciudad.  En todas había obstáculos para las personas en silla de ruedas o usuarias de muletas o bastones. Hubo una notoria participación de personas de la tercera edad, con dificultades para caminar, y algunas se quejaban de esta falta de accesibilidad. Pero ahí lo que está ausente es la idea de accesibilidad en las construcciones. Aquí algunos ejemplos:

- Una entrada con una amplia banqueta aparentemente sin obstáculos, pero tan desgastada, que se atascaban las ruedas de una silla
- Una calle tan estrecha y de doble circulación, que quienes llegaban en auto se estacionaban sobre la banqueta, obligando a la gente a caminar por el asfalto
- Una señora nos señaló el riesgo de que la gente hiciera la fila justo al lado del paso vehicular
- Dentro de las casillas,  para llegar a las mamparas para el voto en secreto había que subir o bajar escalones
- Encontramos varias entradas con amplias rampas, muy accesibles, pero rematadas con escalones al final.
                          

En una de estas casillas encontramos a Mauricio, un joven con discapacidad motora por parálisis cerebral, que caminaba apoyado en bastones para no perder el equilibrio. A él no le ofrecieron el sello con el que cuenta el IEDF ni la mampara portátil que se puede apoyar en la mesa para mayor seguridad. Después de marcar sus boletas se acercó a la mesa para pedirle a una funcionaria que le ayudara a doblarlas. “No, no lo puedes ayudar”, dijo el presidente de casilla, “no está permitido”. Es por aquello de que el voto debe ser libre y secreto, pero nosotros intervenimos, aunque no nos estaba permitido, y le dijimos a la chica, “puedes ayudarle si él te está solicitando el apoyo, no hay problema.”
Mauricio nos dijo al salir de la casilla que tuvo temor de tirar la mampara porque no tiene un buen soporte y que él recomendaría que para solucionar estos problemas se implemente el voto electrónico para beneficio de personas con discapacidad. 
                   http://farm8.staticflickr.com/7106/7510123548_3cd92fa7a1_z.jpg

En general, los ciudadanos encargados de las mesas de votación  tenían poco conocimiento del material accesible con el que contaban, las plantillas Braille, la mampara especial, el sello que se coloca en la muñeca, que por cierto, le habría servido a Mauricio. Pero el presidente de casilla nos dijo, “aquí tenemos el sello, pero el capacitador nos dijo que mejor lo tuviéramos guardado”.
Para comprender cuáles son los obstáculos que persisten, hay que insistir en que en las elecciones no hay más discriminación o ignorancia sobre la discapacidad que la misma que hay en la vida cotidiana y en otros ambientes sociales.  Los  funcionarios de casilla nos compartieron anécdotas y expresiones como: 
- "Vino un señor ya grande que no oía y había que gritarle para que entendiera."
- "Recibimos a una muchacha con Síndrome de Down y pues como estaba malita dejamos que la acompañara su mamá."
Entre las anécdotas que nos compartieron, un presidente de casilla nos comentó que llegó un señor a pedirles si dejaban que su mamá, de 90 años, votara desde su auto estacionado afuera de la escuela donde se instaló la casilla. La instrucción es estricta en cuanto a que las boletas no deben salir de la mesa. Pero todos convinieron en que podían darle las facilidades a la señora que ya no podía caminar y que tenía mucha ilusión de votar como lo hacía en cada elección.  Dos funcionarios llevaron el material de votación hasta el  coche  y ellos depositaron en las urnas las boletas marcadas por la señora. Todos estaban felices de haberle facilitado la participación.
En general, encontramos gente dispuesta a eliminar las barreras, en la medida de sus posibilidades. Un caso notable de solución a la falta total de accesibilidad lo encontramos en otra casilla instalada en una escuela. Aunque la mayoría de las mesas estaban a la entrada en un patio bastante accesible, otra tuvieron que instalarla en un segundo patio al que se llegaba bajando un bloque de 10 escalones. Algo imposible para usuarios de silla de ruedas, bastones, con movilidad reducida y personas de la tercera edad.
                Casilla al pie de una escalinata
Pero encontraron una solución: un funcionario recibía a la persona en el patio de arriba, al pie de la escalinata y le pedía su credencial de elector, iba por las boletas y se las levaba junto con la mampara especial para que votara en secreto. El funcionario regresaba con las boletas marcadas y dobladas para depositarlas en las urnas.  Todo esto a la vista de los observadores y representantes de partidos, para evitar suspicacias.  Y se hizo la accesibilidad. 
Observamos que, en general, la ciudadanía eliminaba las barreras físicas para favorece el voto de sus ciudadanos con discapacidad, --otros observadores de #YoElijo  reportaron en twitter que en Santo Domingo, un usuario de silla de ruedas desistió de votar al no poder entrar a una casilla—aunque los movía más la compasión que una conciencia sobre la no discriminación e igualdad de derechos.  

Daniel Schifter comentó sobre su participación como observador electoral:  “Yo me llevó que fue una experiencia padre porque pudimos dar cuenta que las personas con discapacidad podemos ejercer nuestro voto libremente y eso sirve para que el IFE siga haciendo estas tareas para incluir más a las personas con discapacidad ya que tienen un derecho y es obligatorio para elegir libremente a sus gobernantes.” 

reporte gustavo monterde

Va mi experiencia de YO ELIJO porque no la pude poner el BLOG



Yo Elijo: experiencia de observatorio electoral
La experiencia de votar por primera siempre conlleva una emoción por experimentar lo desconocido, como en cualquier actividad siempre la primera vez altera y genera algunos sentimientos como emoción, duda, miedo y ocasiones ansiedad. El domingo 1 de julio de 2012, tuve la oportunidad de experimentar las elecciones presidenciales como si fuera mi primera vez nuevamente.  

El día comenzó regularmente y muy temprano encontrarme con mi compañera y amiga Rocío González, con quien tuve la oportunidad de compartir actividades como Observadores Electorales. Realmente la experiencia desde el inicio presento y fue dictando como sería percibida nuestra dinamia de observadores en las casillas. Rocío, quien es ciega y se moviliza con bastón se convirtió en un elemento de tensión para todos los responsables y colaboradores del IFE y del IEDF, quien en cuatro de las cinco casillas visitadas por Roció y este testigo ocular, pareciera que además de enfrentarse por primera vez con el hecho de participar como funcionarios de casilla, también era la primera vez que se veían en posición franca de prestar apoyo a una persona con discapacidad: tal vez en el caso de alguno vivieron el temor de enfrentarse por primera vez con la discapacidad. 

En estas cuatro casillas donde asistimos como observadores electorales, se vieron en la necesidad de atender algunas de nuestras preguntas y pudimos darnos cuenta que los presidentes de casilla, que era a quienes nos dirigíamos para realizar nuestra labor, nos intentaban atender con naturalidad  pero al darse cuenta que la persona que cuestionaba sobre los materiales accesibles, la afluencia de las personas con discapacidad a votar o la presencia de personas con discapacidad como funcionarios de casillas, era la misma Roció, existía un poco de renuencia para atendernos ya que parecía difícil para ellos ser cuestionados por una persona con discapacidad sobre su preparación para poder apoyar a una persona con discapacidad en las elecciones: si tomamos en cuenta que en todo momento teníamos que librar obstáculos como escalones, banquetas en mal estado, desniveles pronunciados y puertas demasiado pequeñas para llegar hasta los presidentes de casillas, en todo momento nuestra presencia fue un tanto incomoda. Como en muchas ocasiones éxito una excepción, y no me refiero en las instalaciones para tener acceso, o en los materiales accesibles a la vista de toda la gente, si no a la actitud del personal, en la última casilla que visitamos que fue en la que ejerció su voto Rocío, nos encontramos con los mismo obstáculos y carencia de instrucción para apoyar a una persona con discapacidad. Pero fue aquí donde encentramos a gente dispuesta a apoyar sin miedo y de la mejor manera posible a Rocío. 

Al llegar nuestra presencia fue nuevamente inminente porque Rocío golpeo alimentalmente con su bastón la puerta justo donde había una lamina floja, lo cual provoco que se hiciera el sonido sufriente como para informar que habíamos llegado. Desde ese momento una el personal de dio cuenta de la necesidad de Rocío, que a pesar de ir acompañada, fue en todo momento apoyada por el personal proporcionándole la información necesaria, junto con la plantilla braille. Le permitieron que la acampara hasta cierto punto del proceso y posteriormente una persona del IEDF le acompaño hasta la casilla para ejercer su voto de manera privada. Lo que más llamo mi atención fue la forma y la actitud del personal que en todo momento buscaron auxiliar a Rocío, aun sin saber cómo trataban de entender y preguntar ¿cómo la podían ayudar?.

Esta experiencia me deja con una pregunta y una reflexión. La primera es:
¿Por qué temerle a una persona con discapacidad cuando necesita ayuda? - ¿Por falta de experiencia? - ¿Por miedo al contagio? O ¿Por falta de información?
La reflexión, si un funcionario de casilla es capacitada para atender a la sociedad votante ¿por qué no hay personas con discapacidad que puedan auxiliar en la capacitación de funcionarios de casilla? Si lo desconocido nos lleva al miedo, el miedo al alejamiento, el alejamiento a la desinformación y la desinformación a la segregación y desatención, ¿Por qué no conocer a quien has dejado de atender por miedo?.

Gustavo Monterde Gutierrez
La Pirinola A.C.

viernes, 9 de agosto de 2013

Reprte Tania Zurita

Mi experiencia como observadora electoral

Mi nombre es Tania Zurita soy psicóloga y promotora de derechos humanos de personas con 
discapacidad, yo tengo discapacidad física. Para las elecciones que se llevaron a cabo el año pasado me invitaron a participar como observadora electoral, a lo cual acepte he de confesar que no tan gustosa pues no le encontraba sentido no caso hacer eso pero bueno era una experiencia 
Al estar hablando con mi familia al respecto ellos me decían que para que lo iba a hacer en pocas palabras me dijeron que no fuera chismosa que eso de que me iba a servir, después de hablar con mis amigas sobre la importancia que tiene la participación ciudadana y que las personas estemos ahí ejerciendo nuestro derecho a la participación política y ciudadana para que ya no nos vean como sujetos de caridad o como enfermos sino como personas las cuales tenemos derechos. 

Después fui a mi capacitación de cómo ser observadora electoral ahí nos enseñan lo que es y para que sirve el IFE lo cual era algo que desconocía por completo ahí cuestionamos sobre las casillas electorales que si todas serían accesibles entre otras cosas.

A partir de ese momento fue que empecé a observar con mayor detalle los comerciales del IFE, las campañas electorales, el día de las elecciones tenía una gran expectativa de lo que me podría topar pero me sentía capaz de enfrentarme a cualquier problema que se me presentara ademásme sabía que llevaba a una buena compañera, nos toco observar las casillas que estaban dentro de mi delegación (Miguel Hidalgo) empezamos por las que estaban dentro de mi colonia y por desgracia eran las menos accesibles pues eran espacios muy pequeños, con escalones y escaleras. 

En las demás casillas la accesibilidad era mayor pero el desconocimiento sobre los tipos de 
discapacidad eran muy grande pues solo se referían a los adultos mayores que iban en sillas 
de ruedas o con bastones, unos decían que había ido a votar uno que estaba chueco, no sabía como se utilizaba una platilla braile por lo tanto no sabían como auxiliar a una persona ciega, solo en una casilla nos reportaron que fue a votar una persona sorda a lo cual dijeron “por fortuna venía acompañada porque no sé qué hubiera hecho”, es cuando nos damos cuenta de la falta de capacitación que se tiene en el tema de la discapacidad. 

Por desgracia las personas con discapacidad no van a votar por la falta de accesibilidad en las casillas y por la falta de información que existe pues todavía mucha gente piensa que no pueden votar pues no tienen la facultad de decidir y de pensar por sí mismos, tenemos que cambiar esa mentalidad haciendo en mi parecer mayor difusión en que las personas con discapacidad somos sujetos de derecho y que no necesitamos de que alguien decida por nosotros.

Reporte Félix Frias

Reseña de la experiencia de Felix G  Frias como observador electoral.
El haber participado como observador electoral en los pasados comicios del primero de julio fue una tarea que partió primeramente de asumirme como un ciudadano activo interesado en conocer de propia experiencia el desarrollo de la jornada electoral, mas allá de solo emitir mi voto, inquietud que había estado presente en elecciones pasadas, pues hasta el momento no he sido elegido a participar  de dicho proceso como algunos de mis familiares cercanos, quienes ya han sido elegidos para participar como funcionarios de casilla … razón por la cual consideré oportuno unirme a la iniciativa de participar en la modalidad de observador electoral, más aún cuando dicha participación seria de forma organizada con otros compañeros con y sin discapacidad interesados en encaminar la observación a aquellos aspectos que obstaculizan la participación plena de las personas con discapacidad en este tipo de procesos, es decir observar en qué condiciones se nos permite ejercer nuestros derechos políticos.

Aunque  la figura de observador nos permite monitorear las distintas etapas del proceso electoral se decidió concentrar la labor de observación al día de la jornada electoral no obstante se advierte la necesidad de ampliar dicho trabajo al resto de las etapas especialmente a la preparación de la elección (tramitación de la credencial de elector, campañas de cultura electoral, etc.) a fin de verificar aquéllos mecanismos de apoyo que se les presta a las personas con discapacidad.

Comento que mi labor de observador electoral la realice en ocho casillas distintas en compañía de mi colega Ángel Valencia, quien me brindo el apoyo adecuado a mi discapacidad visual, describiéndome en todo momento aquellos detalles necesarios para efectuar los reportes correspondientes; debo mencionar que la aplicación de la encuesta a los funcionarios de casillas resultaba un tanto inoportuna, debido a la fuerte carga de trabajo a la que estos estuvieron sometidos, no obstante la gran mayoría se mostraron abiertos a su colaboración durante el tiempo de mayor desahogo en sus tareas como funcionarios,

Por otro lado es de destacar que los distintos medios de comunicación que se emplearon para promover la participación en los comicios no consideraron las necesidades informativas de las personas con discapacidad, no hubo alguno que estuviera completamente dirigido a este grupo social … los materiales y medidas previstas para suplir las necesidades especificas de las personas con discapacidad (casillas especiales, plantillas braille, sellos etc.) fueron subutilizadas y en algunos casos completamente inutilizados por desidia o desconocimiento . A pesar de que la participación de personas con discapacidad es muy baja, esta comienza a ser visible, no obstante dicha población desconoce las prerrogativas que se nos han concedido para ejercer nuestro derecho al voto, por lo que considero que aún falta mucho por hacer, pensemos tan solo que el IFE no ha promovido en los distintos partidos la postulación de personas con discapacidad … entre otras muchas cosas … solo se ha centrado en la implementación de materiales adaptados para las personas con discapacidad pero ha descuidado otros aspectos relativos a los derechos políticos electorales de este sector.

Reporte Gustravo Monterde

Yo Elijo: experiencia de observatorio electoral
La experiencia de votar por primera siempre conlleva una emoción por experimentar lo desconocido, como en cualquier actividad siempre la primera vez altera y genera algunos sentimientos como emoción, duda, miedo y ocasiones ansiedad. El domingo 1 de julio de 2012, tuve la oportunidad de experimentar las elecciones presidenciales como si fuera mi primera vez nuevamente.  

El día comenzó regularmente y muy temprano encontrarme con mi compañera y amiga Rocío González, con quien tuve la oportunidad de compartir actividades como Observadores Electorales. Realmente la experiencia desde el inicio presento y fue dictando como sería percibida nuestra dinamia de observadores en las casillas. Rocío, quien es ciega y se moviliza con bastón se convirtió en un elemento de tensión para todos los responsables y colaboradores del IFE y del IEDF, quien en cuatro de las cinco casillas visitadas por Roció y este testigo ocular, pareciera que además de enfrentarse por primera vez con el hecho de participar como funcionarios de casilla, también era la primera vez que se veían en posición franca de prestar apoyo a una persona con discapacidad: tal vez en el caso de alguno vivieron el temor de enfrentarse por primera vez con la discapacidad. 

En estas cuatro casillas donde asistimos como observadores electorales, se vieron en la necesidad de atender algunas de nuestras preguntas y pudimos darnos cuenta que los presidentes de casilla, que era a quienes nos dirigíamos para realizar nuestra labor, nos intentaban atender con naturalidad  pero al darse cuenta que la persona que cuestionaba sobre los materiales accesibles, la afluencia de las personas con discapacidad a votar o la presencia de personas con discapacidad como funcionarios de casillas, era la misma Roció, existía un poco de renuencia para atendernos ya que parecía difícil para ellos ser cuestionados por una persona con discapacidad sobre su preparación para poder apoyar a una persona con discapacidad en las elecciones: si tomamos en cuenta que en todo momento teníamos que librar obstáculos como escalones, banquetas en mal estado, desniveles pronunciados y puertas demasiado pequeñas para llegar hasta los presidentes de casillas, en todo momento nuestra presencia fue un tanto incomoda. Como en muchas ocasiones éxito una excepción, y no me refiero en las instalaciones para tener acceso, o en los materiales accesibles a la vista de toda la gente, si no a la actitud del personal, en la última casilla que visitamos que fue en la que ejerció su voto Rocío, nos encontramos con los mismo obstáculos y carencia de instrucción para apoyar a una persona con discapacidad. Pero fue aquí donde encentramos a gente dispuesta a apoyar sin miedo y de la mejor manera posible a Rocío. 

Al llegar nuestra presencia fue nuevamente inminente porque Rocío golpeo alimentalmente con su bastón la puerta justo donde había una lamina floja, lo cual provoco que se hiciera el sonido sufriente como para informar que habíamos llegado. Desde ese momento una el personal de dio cuenta de la necesidad de Rocío, que a pesar de ir acompañada, fue en todo momento apoyada por el personal proporcionándole la información necesaria, junto con la plantilla braille. Le permitieron que la acampara hasta cierto punto del proceso y posteriormente una persona del IEDF le acompaño hasta la casilla para ejercer su voto de manera privada. Lo que más llamo mi atención fue la forma y la actitud del personal que en todo momento buscaron auxiliar a Rocío, aun sin saber cómo trataban de entender y preguntar ¿cómo la podían ayudar?.

Esta experiencia me deja con una pregunta y una reflexión. La primera es:
¿Por qué temerle a una persona con discapacidad cuando necesita ayuda? - ¿Por falta de experiencia? - ¿Por miedo al contagio? O ¿Por falta de información?
La reflexión, si un funcionario de casilla es capacitada para atender a la sociedad votante ¿por qué no hay personas con discapacidad que puedan auxiliar en la capacitación de funcionarios de casilla? Si lo desconocido nos lleva al miedo, el miedo al alejamiento, el alejamiento a la desinformación y la desinformación a la segregación y desatención, ¿Por qué no conocer a quien has dejado de atender por miedo?.

Gustavo Monterde Gutierrez
La Pirinola A.C.

viernes, 2 de agosto de 2013

REPORTE DANUEL SCHIFTER

El domingo 2 de julio del 2012 me di a la tarea en convertirme por parte de la Institución de Fuerza Ciudadana ser observador electoral. Las personas autistas tienen el derecho a elegir a sus gobernantes sin que nadie los presione.
El IFE es un organismo público, autónomo  y permanente de organizar las elecciones federales, es decir, elegir presidente de la república y los diputados al Congreso de la Unión.
En la Delegación Magdalena Contreras  pudimos observar que pocas personas con discapacidad acudieron al emitir su voto. Los instructores de las casillas correspondientes les fue muy difícil más a una persona con discapacidad visual al momento de votar.
En mi opinión como representante de los medios de comunicación fue un ejercicio interesante al momento de votar y como una persona autista tenemos el derecho de elegir libremente a nuestros gobernantes. Amigos y amigas solo quiere terminar con una frase "la discapacidad no existe, si no luchar por nuestro sueños"

TEORICO

Derechos civiles y políticos  de la población joven con discapacidad
“Tener un derecho” significa poseer la facultad o el interés legítimo de reclamar del Estado o de un particular una conducta, una acción o un comportamiento determinado en una norma jurídica para su beneficio o para  un grupo de personas; poco sirve afirmar que se tiene un derecho si este no se puede hacer efectivo a través de  mecanismos que brinden protección y garantía.
Noberto Bobbio (1998) refiere que  los derechos deben de ser pensados como conquistas sociales y como producción histórica de reivindicaciones; demandas justas a problemas que aparecen con el tiempo. El sujeto del que debe hablar el discurso de los derechos humanos no es un sujeto universal a priori, es un sujeto que se encuentra encarnado en la historia, es decir, que se va construyendo junto al paso de ésta.
Los principios de dignidad, libertad e igualdad son el hilo conductor de los derechos humanos, concertándose en categorías de derechos; los de primera generación o derechos civiles y políticos obedecen a la necesidad de representación ante el Estado y a las limitaciones que tiene éste último para dejar de interferir en la esfera de las libertades de los individuos; los de segunda generación o de derechos económicos, sociales y culturales, están relacionados con reivindicaciones  de tipo económico y social; los derechos de tercera generación que  contemplan la preservación de la especie humana, consideran a un todo, exigiendo relaciones pacíficas entre los Estados y las personas, así como relaciones armónicas con la naturaleza.
Los derechos políticos implican la facultad de los ciudadanos de intervenir en la formación de la voluntad política del Estado y en general de la vida social de un país a través de  los diferentes mecanismos de participación ciudadana, derechos que se las ha denominado derechos de participación; constituyendo una expresión directa del poder soberano que supone el involucramiento directo a través de un carácter ciudadano por medio de representantes libremente elegidos en la gestión y resolución de los asuntos públicos  materializados a partir de la asociación política para constituir movimientos y partidos políticos, con el fin de acceder e incidir a las funciones públicas y administrativas  de un país.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos es uno de los instrumentos internacionales de derechos humanos más importantes. Fue adoptado en 1966 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. En este Pacto, no se mencionan de forma particular a las personas en condición de discapacidad, sin embargo, al igual que el resto de los convenios generales de derechos humanos, permite la interpretación de que los principios de igualdad y no discriminación garantizan todos los derechos específicos contemplados en cada instrumento. Por un lado, el Pacto es universal en el sentido de que abarca todos los derechos humanos. En segundo lugar, cabe interpretar sin lugar a dudas, que la afirmación contenida en el preámbulo del Pacto de que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tiene por base el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables, incluyen a las personas en condición de discapacidad.
El Comité de Derechos Humanos que da seguimiento al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos emitió la Observación general N.º 25, en 1996 sobre el derecho a tomar parte en la dirección de los asuntos públicos, el derecho a votar y a ser elegido, y el derecho a tener acceso a la función pública(artículo 25) [1] señalando que “no es razonable restringir el derecho al voto por razones de discapacidad física”; si bien menciona de manera particular a las personas con discapacidad, deja sin especificar
Los tratados internacionales de derechos humanos se encuentran regidos por la Constitución Política  de los Estados Unidos Mexicanos de acuerdo a los artículos 1 y 133 constitucionales, su firma y ratificación generan obligaciones al Estado firmante, haciendo necesaria la armonización en materia de derecho internacional en concordancia con  las leyes federales y locales al interior del país.
El 30 de marzo de 2007, México firmó la Convención sobre los derechos de las personas con Discapacidad, ratificándola el 17 de diciembre del mismo año, con lo cual nuestro país se compromete a reconocer los preceptos de dicha Convención, armonizando su legislación y acciones a fin de hacer vigentes los derechos de las personas con discapacidad; la entrada en vigor de la Convención, el 03 de mayo de 2008, no sólo marca un antecedente histórico en la promoción y defensa de los derechos de este grupo históricamente marginado, crea una serie de exigencias hacia el Estado mexicano quien además de comprometerse a implementar mejoras sustantivas para brindar una calidad de vida óptima en  este sector de la población, se obliga a promover ante todo el cambio de paradigma y concepción conforme a los principios generales de la  Convención, basado en un enfoque de derechos como una estrategia para ampliar las bases de la ciudadanía y la democracia; enfoque que reconoce que el primer paso para otorgar poder a los sectores excluidos, es reconocerlos como titulares de derechos; el reconocimiento de los derechos humanos, son el medio que puede orientar el desarrollo y la consolidación no sólo de la democracia, sino un indicador confiable  de su calidad y gestión, como forma de gobierno eficiente.
El Artículo 29 del  primer instrumento jurídico del Siglo XXI aprobado ante el Comité de las Naciones Unidas: La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, considera que las personas con discapacidad deben participar activamente en los procesos de adopción de decisiones sobre políticas y programas, incluidos los que les afecten directamente, reconociendo su participación en la vida política y pública de un Estado que se compromete a asegurarles la participación plena y efectivamente, bajo el irrestricto criterio de  igualdad, ya sea de manera directa o a través de representantes libremente elegidos  incluidos en el derecho con la posibilidad de votar y ser votadas.
El debate de los derechos de las personas con discapacidad se ha situado en la manera en que se diferencia o no de los distintos ámbitos de actuación del Estado; no tiene tanto que ver con el disfrute de derechos específicos , sino  con garantizar el disfrute efectivo y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos sin excepción.
Es frecuente que las personas con discapacidad apenas tengan voz en los procesos civiles y políticos. Incluso cuando se hacen oír, no necesariamente se les escucha , la falta de participación en el debate democrático, puede dar lugar a que se formulen políticas sin la intervención activa de los grupos que con más probabilidad se verán afectados por su resultado.
El derecho a presentarse a las elecciones y a votar a menudo se les niega  explícitamente a algunas personas con discapacidad. Aún cuando el derecho al voto esté protegido por la ley, en la práctica un sin número de  factores pueden anularlo.[2]
No basta con que existan los mecanismos jurídicos necesarios, la existencia o no, de prácticas inclusivas definen el grado de participación de la población con discapacidad en los procesos de construcción democrática del país, históricamente ha sido un grupo marginado de los procesos colectivos o comunitarios, lugares desde donde por lo regular se les limita la participación  civil y política quedando establecida, en el mejor de los casos, por el principio de tutela permanente que otros grupos adoptan por ellos.
Sin excepción y de manera más específica, la juventud con discapacidad permanece invisible a las formas de administración del poder, carece de una identidad que la defina, al mismo tiempo que se antepone la condición de incapacidad, a otra condición desvalorizada, como lo es la juventud, no desde una condición etárea, si no desde la condición de colectivo social específico.
México ha formado parte de los Estados que han signado, más no ratificado, la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, hecho llevado a cabo el 11 de Octubre del 2005 en la ciudad española de Badajoz y cuyo alcance de aplicación está circunscrito a los 21 países que conforman la Comunidad Iberoamericana de Naciones, entre ellas, México.
La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, promovida por la Organización Iberoamericana de Juventud, surge como consecuencia de un largo proceso de reflexión y de reinterpretación de la realidad juvenil, cuyas urgencias e invisibilidad han determinado el reconocimiento y protección internacional de las especificidades del desarrollo humano de los jóvenes y su relevancia como actores sociales, siendo uno de los objetivos generales la necesidad de concretización de acciones específicas que busquen responder a una realidad, generalmente invisible, en la que se desenvuelve la población joven, buscando exteriorizarlos como portadores del cambio, con mayor autonomía.
La Convención según su propio preámbulo, trata de dar respuesta a las problemáticas que enfrenta este sector de la población, los cuales habrá que mencionar, no se tratan de cuestiones psico-biológicas inherentes a la condición de joven, sino de las situaciones concretas que provienen de relacionarse con el Estado o con la sociedad donde no están debidamente considerados ni protegidos. Como instrumento jurídico vinculante, proporciona el marco jurídico necesario para que los Estados brinden una mejor garantía a “[…] un sector social que tiene características singulares en razón de factores psico-sociales, físicos y de identidad que requieren una atención especial por tratarse de un período de la vida donde se forma y consolida la personalidad, la adquisición de conocimientos, la seguridad personal y la proyección de futuro”
En relación al principio de no discriminación referente al Artículo 5 reconoce que “ El goce de los derechos y libertades reconocidas a los jóvenes en la presente Convención no admite ninguna discriminación fundada en la raza, el color, el origen nacional, la pertenencia a una minoría nacional, étnica o cultural, el sexo, la orientación, sexual, la lengua , la religión, las opiniones, la condición social, las aptitudes físicas o la discapacidad, el lugar donde se vive, los recursos económicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social del joven que pudiese ser invocada para establecer discriminaciones que afecten la igualdad de derechos y las oportunidades al goce de los mismos”
Lo anterior se refuerza con la reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada el 09 de junio del 2011, la cual representa un avance sustantivo en el proceso de armonización del marco normativo nacional con los estándares internacionales de los derechos humanos, en nuestro país y exige la implementación de políticas públicas a largo alcance, que garantice acciones estratégicas y universales a base del reconocimiento de las diferencias de diversos actores políticos que ven restringida su representación en espacios de decisión, como lo es la juventud con discapacidad; la incorporación del “enfoque de derechos” en los marcos normativos internos del país, tiene como característica la exigibilidad, que al ser inherente a la persona, puede ser reclamado ante un Estado y supone la obligación por parte de éste a respetar y garantizar su ejercicio, entre los que se incluyen los derechos políticos de la población joven con discapacidad.
Desde el punto de vista de la actuación social, una concepción de este tipo alojada en el funcionamiento y prácticas del Estado, daría una mejor base de sustentación a los que se entiende por ciudadanía “activa” y “deliberante” Esto es, a una relación Sociedad Civil- Estado que instituye cursos y mecanismos de co-participación de quienes no ejercen el poder político institucionalizado , en definición de un quehacer público, desde el carácter homologado de  ciudadanos amparados por la adhesión de un horizonte amplio que permite campos de acción diversificada como los son los valores universales de los derechos humanos.
Según Hopenhayn “para poder percibirse como un actor reconocido desde el lado de la institucionalidad jurídica y la oferta programática, éstas deben a su vez reconocerlo en su especificidad” y en términos de ciudadanía ampliada, también desde su diferencia.
Los “derechos de especificación” buscan proteger determinadas categorías de personas consideradas especialmente vulnerables. Como podemos constatar los tratados internacionales anteriormente señalados especifican los derechos de grupos donde las  regulaciones cotidianas resultan insuficientes para dar respuestas a la compleja situación y diversos intereses propios de grupos sociales que en apariencia y bajo un enfoque vertical, más no horizontal que pueden verse invisibilizados; al conjugarse el binomio juventud-discapacidad es necesario emprender acciones colectivas de bien público legitimadas desde una perspectiva universal, esa opción es posible a través del enfoque de derechos, desde donde se impulse la emergencia de crear nuevos sujetos y conjuntos de acciones en común a  través de alianzas y nuevas formas asociativas que otorguen  enfoques y métodos  novedosos de trabajo para enfrentar las problemáticas detectadas.
Participación ciudadana de las juventudes con discapacidad.
De acuerdo a la teoría hermenéutica enfocada a los hechos sociales; en la cual resalta más que la búsqueda de una definición de los acontecimientos, una búsqueda de interpretación, las discapacidad y las juventudes son dos construcciones sociales, susceptibles a configurarse en conceptos con una constante en polisemia debido al grado de diversidad y complejidad que encierran como significantes en una sociedad acostumbrada a la homogenización y a la definición en base a la jerarquización de la población; los significados no solo se generan de alguna manera por los individuos en interacción sino que dentro de ciertos límites espaciales y temporales se vinculan, con significados acumulados socialmente que los actores no escogieron (Habermas, 1988) Estos significados no son simplemente compartidos por consenso sino que implican jerarquías sociales y de poder, es decir la posibilidad de la imposición. (Foucoult, 1976) marcando así la pauta que justifica la exclusión social y de participación a ciertos grupos de la población.
Tal es el caso de los conceptos de discapacidad y juventud, el primero ha tenido una serie de mudanzas terminológicas, con el fin de buscar un concepto universal que ha transitado a través de la historia , intentando alejarse del déficit ontológico y naturalizado que lo acompaña, término heredado del paradigma biológico desde donde no sólo se define a este sector de la población, sino desde donde se establecen parámetros de “atención”  y de programas sociales y políticas públicas que marginan su participación política por pensárseles erróneamente, como incapaces para incluirse en procesos democráticos, como lo es el ejercicio de su ciudadanía a través de la promoción del voto, fijándolos de manera permanente bajo el esquema tutelado.
La misma característica acompaña a la población joven a la cual de manera arbitraria y parcial  se le define  sólo a partir de parámetros etáreos  o como una etapa de vida transitoria y propia del desarrollo  que se cree sólo está supeditada a procesos biológicos naturales conceptualizados generalmente como caóticos pero indispensables para alcanzar el modelo de vida hacia la adultez, viendo está última desde un plano de idealización.
En ambas situaciones vemos como tanto la población joven y con discapacidad quedan al margen de espacios de participación y construcción social al ser  considerados, en el mejor de los casos, como beneficiarios de políticas de desarrollo, marginando los espacios de actores estratégicos que de acuerdo a García Nieto[3] sólo pueden desarrollarse con actores que decidan cooperar con una meta o un fin en específico que refleje sus propios intereses y necesidades, sosteniendo y reconociéndolos como actores estratégicos capaces de transformar activamente sus entornos a través de los espacios con los que cuenten para ejercer su derecho a la participación.
El debate actual sobre la participación ciudadana constituye un tema complejo, ya que si bien todos los actores políticos y sociales aceptan y reclaman la necesidad de la participación, en muchas ocasiones, como en el caso de los jóvenes con discapacidad, el espacio social y político les otorga significaciones diferentes y por tanto mecanismos y espacios para ejercerla muy distintos. Lo anterior ha dado como resultado que la política de Estado desarrollada hasta ahora hacia la juventud con discapacidad-a través de programas y proyectos- mantenga serias deficiencias sobre la realidad específica de esta población la cual no se siente parte de los  mecanismos  al no encontrar espacios de incidencia, evaluación, gestión y contraloría de las acciones gubernamentales; encontrando que en los mecanismos actuales, aún se actúa con lentitud y de forma desvinculada, lo que impide establecer medidas efectivas de interlocución entre los y las jóvenes con discapacidad. Lo anterior se considera importante en la medida en que con ello se podría dar respuesta a los rápidos cambios que demanda esta población desde su heterogeneidad y contexto actual, lo que hasta ahora ha resultado una tarea cada vez más  complicada.
El término participación ciudadana señala la relación que existe entre los individuos y el Estado, por tanto es un tipo de relación que pone en juego el carácter público de la actividad estatal; [4] y mide la calidad de la democracia.
Los concepto de participación ciudadana para este caso son, en primer lugar el que se refiere a “aquellas experiencias de intervención en actividades públicas para hacer valer sus intereses sociales”[5]  Insunza y Olvera lo definen como “la intervención organizada de ciudadanos individuales o de organizaciones sociales y civiles en los asuntos públicos, que se lleva a cabo en espacios y condiciones definidas; esto es en interfases socioestatales que permiten el desarrollo de una capacidad relativa de decisión en materia de políticas públicas, control de la gestión gubernamental y/o evaluación de las políticas públicas a través de diversas formas de contraloría ciudadana”,[6] es así como la participación ciudadana se presenta como un proceso para la toma de decisiones colectivas supuestas en la organización, diseño y fortalecimiento de las instituciones democráticas y su afianzamiento no puede seguir dependiendo de un conjunto de reglas, instituciones e instrumentos que regulen su funcionamiento, sino, por el contrario, se sostiene que la organización y la consolidación de futuras democracias está en la inclusión de formas de participación social o ciudadana amplias, mediante las cuales se brinde la posibilidad de la reincorporación de los intereses representados; definiendo las características, objetivos y estrategias de acción, a fin de poder acotar y ubicar el problema de la participación ciudadana en el funcionamiento de los regímenes democráticos, siendo un procedimiento cívico-activo mediante el cual es posible para los grupos de la población fijar los escenarios deliberativos, la agenda, la legislación y la ejecución de políticas públicas.
Jóvenes con discapacidad no encuentran cabida en espacios de participación  política, su presencia queda reducida y parcelada a medidas de asistencia carentes de la dotación del inherente carácter ciudadano, surgiendo condiciones de doble discriminación; si bien la juventud bajo términos estrictamente etáreos es una etapa transitoria, la condición de discapacidad termina por confinarlos a una exclusión permanente, misma que extingue toda posibilidad de asirse a una identidad política, tanto en la etapa actual de juventud, como en etapas posteriores; como sujetos activos y actores sociales participativos amparados bajo el carácter ciudadano, su capacidad y representación jurídica ante el Estado y sus instancias gubernamentales no ha sido evidenciada, ni reconocida quedando excluidos en su totalidad de las estrategias formativas en educación cívica y participación política.
Juventud y discapacidad, en el proceso electoral.
La ciudadanía, como todo sistema clasificatorio involucra principios de inclusión que definen los criterios de exclusión. La autonomía fue una de las condiciones para definir la ciudadanía, principio que considera a los tutelados o protegidos  excluidos de este estatus, al considerarla en abstracto; sin embargo no debemos de olvidar que al día de hoy la ciudadanía delinea el status con el que el derecho pretende superar las deficiencias de un Estado corporativo que aspira a la transformación de sociedades más justas y democráticas con el desafío latente de no sólo construir  ciudadanía; si no de ampliarla a través de la diversificación.
El Artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos  reconoce el derecho de todos los ciudadanos a votar en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual, y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; donde la ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal.
Las características que requiere el individuo para poder participar políticamente, están contenidas en el artículo 34 de nuestra Constitución: “Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos. I. Haber cumplido 18 años y II Tener un modo  honesto de vida.
a) La “calidad de mexicanos”; es el atributo de la nacionalidad, es un presupuesto de todo Estado, el cual debe organizarse en torno a un territorio y una población determinados.
b) Los “varones y las mujeres” fue integrado en la Constitución Política de 1953, con ello se reconocía por vez primera en la historia de nuestro país a las mujeres el derecho de formar parte de la comunidad política.
c) “Haber cumplido dieciocho años” La minoría de edad es uno de los límites que niegan validez al concepto de ciudadanía universa. El menor de edad cobra una figura de dependencia, careciendo de una auténtica autonomía, considerado incapaz en el ejercicio de sus derechos políticos. Mientras carezca de capacidad legal para administrar sus bienes y dependa económicamente de otros, el sujeto no es considerado como individuo pleno y no puede acceder al foro público en calidad de ciudadano.
d) Un “modo honesto de vivir”   “La noción de un modo honesto de vivir, presente en la redacción vigente del artículo 34 tiene una larga historia de representaciones, silencios y exclusiones que necesitan hacerse explícitos para aclarar su significado normativo y sus implicaciones como pertenencia a la comunidad política[7] [...] Este concepto debe ser comprendido a la luz del estudio de las disposiciones civiles y penales que configuran un modo de vida coherente con los fines de la comunidad. […] La noción de una ciudadanía apela a un modelo de civilidad aceptado. En términos económicos, la noción “modo honesto de vivir” es subsidiaria de un modelo de libertad establecido en la vida privada para cuya protección se instituye la vida pública. […] El papel del individuo en la economía es el punto de partida para su reconocimiento como sujeto de derechos. […] Junto con el propietario se crearon también las figuras de la dependencia, individuos que no podían ser responsables de su persona al no serlo de su capacidad económica [8]; tal es el caso del sujeto de la patria potestad, cuya condición le impedía cumplir con las obligaciones ciudadanas; otro caso de negación de la ciudadanía es el de los  llamados débiles mentales, figura que fue cediendo a la de incapacitado. Los incapacitados son extranjeros de sí mismos porque carecen de voluntad, pero su limitación clínica requiere de un criterio jurídico. El incapacitado no puede ejercer sus derechos como ciudadano y debido a que el ejercicio de los derechos políticos es personalísimo, nadie puede ejercerlos en su nombre. Este esquema se mantiene en el orden jurídico vigente.
A diferencia del concepto etáreo al que se refiere el término designado para adjudicar la ciudadanía, en este caso a los mayores de dieciocho años, su análisis correspondería bajo situaciones temporales; sin embargo encontramos que en el caso de las personas con discapacidad cobra un carácter permanente la asignación  de incapacitado, aspecto que guarda una estrecha relación con la figura de tutela, que tiene por principio general, dotar a los incapaces de un representante legal que pueda actuar en su nombre, incluso, aún después de cumplir la mayoría de edad, bajo la sentencia de un juez.
La teoría de la personalidad jurídica considera a la capacidad como un atributo de la personalidad. Jurídicamente la capacidad es la aptitud legal de una persona para ser sujeto de derechos y obligaciones, o la facultad o posibilidad de que esta persona pueda ejercitar sus derechos y cumplir sus obligaciones por sí misma.
En este sentido, la capacidad tiene una doble dimensión: la capacidad de goce y la capacidad de ejercicio, la primera parte corresponde a la capacidad de goce, es decir, la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. Por su parte, la capacidad de ejercicio se refiere a la aptitud del sujeto para ejercitar derechos y cumplir con obligaciones personalmente para comparecer en juicio por derecho propio.[9]
La incapacidad, en congruencia con el concepto de capacidad, anteriormente mencionado, está basado en la inepcia del sujeto para poder actuar por sí mismo en el ejercicio de sus derechos y en cumplimiento de sus obligaciones. El factor determinante para establecer la incapacidad, consiste en la limitación psíquica del individuo por si la conducta debida y conveniente [10]
El modelo adoptado por el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles es el modelo de sustitución en la toma de decisiones, también llamado modelo médico, que busca ser superado por el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Mediante las instituciones de la incapacidad y la tutela, el derecho niega la capacidad- y la autonomía- de la persona con discapacidad, -sobre todo a quien vive bajo la condición de limitación mental o psicosocial- y la sustituye mediante un tutor, quien deberá actuar bajo el principio de interés superior de la persona, mismo  que será el encargado de adoptar todas o una parte de las decisiones relevantes en la vida de una persona con discapacidad, decisiones que tienen que ver tanto con la esfera patrimonial (celebración de contratos, situación financiera), como con situaciones estrictamente personales (adopción, matrimonio, patria potestad, institucionalización, hospitalización) y por supuesto el derecho al acceso a la participación política, entre ellos la limitación o no, de un ejercicio autónomo como lo es el voto.
La actuación jurídica en materia de la protección de los derechos de políticos de las personas con discapacidad queda severamente violentado tras la actuación de un modelo de “sustitución” en la toma de decisiones, contrario al modelo de “asistencia” que marca el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el cual establece que:
1)     Los Estados parte reafirman que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica”
2)     Los Estados Partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con los demás en todos los aspectos de la vida
3)     Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para proporcionar acceso a las personas con discapacidad al poyo que pueden necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica.
4)     Los Estados Partes asegurarán que en todas las medidas relativas al ejercicio de su capacidad jurídica se proporcionen salvaguardias adecuadas y efectivas para impedir los abusos de conformidad con el derecho internacional en materia de derechos humanos.
Esas salvaguardias asegurarán que las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona, que no hay conflicto de intereses ni influencia indebida, que sean proporcionales y adaptadas a las circunstancias de la persona, que se apliquen en el plazo más corto posible y que estén sujetas a exámenes periódicos por parte de un autoridad o un órgano judicial competente, independiente e imparcial. Las salvaguardias serán proporcionales al grado en que dichas medidas afecten a los derechos e intereses de las personas. […]

La mayoría de problemas que afrontan las personas con discapacidad se presentan al momento de acudir a emitir el voto y se relacionan con la ubicación y acceso a su mesa de votación, así como con el desconocimiento por parte de las autoridades encargadas del proceso electoral y miembros de los requerimientos especiales para su atención. Por ello, es importante proponer la adopción de medidas que faciliten a las personas con discapacidad el acceso a la información en todas las fases del proceso electoral, así como el acceso  los lugares de votación durante el ejercicio electoral.

En el informe realizado por Human Rigth Watch[11] en Perú durante el ejercicio electoral del 2011 detectó que cientos o quizá miles de ciudadanos con discapacidad aún no pueden ejercer su derecho a votar por ser considerados jurídicamente  incapaces para tomar decisiones (a través de un proceso de interdicción judicial), debido a actitudes paternalistas o por carecer de los documentos de identidad necesarios; destacan que las restricciones a la capacidad jurídica afectan la posibilidad de las personas con discapacidad, particularmente de tipo intelectual o psicosocial, así como la posibilidad de postularse en las elecciones en igualdad de condiciones con los demás.
Otra de las observaciones que refiere dicho informe es que no se constituyen mesas de sufragio en establecimientos como hospitales u instituciones, por lo que la persona no ejerce su derecho al voto, la mayoría de los internos tampoco tiene autorización para salir de las instalaciones para votar.
El representante de la Defensoría del Pueblo refiere que los miembros de mesas de sufragio pueden decidir, basados en un prejuicio o desconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad, que una persona con discapacidad no puede votar, a pesar de tener un documento de identidad y de figurar en el padrón electoral.
Caso similar lo encontramos en México, donde las prácticas discriminatorias hacia las personas con discapacidad sobre todo intelectual y psicosocial han  quedado institucionalizadas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) en el artículo 266 (5) : “En ningún caso se permitirá el acceso a las casillas a personas que se encuentren privadas de sus facultades mentales, intoxicadas, bajo el influjo de enervantes, embozadas o armadas
Es por todo lo anterior que en un equipo de jóvenes  ciudadanos  con discapacidad interesados en observar desde su realidad, el ejercicio de la observación en el presente ejercicio electoral, ha solicitado el apoyo de Organización Fuerza Ciudadana para realizar un primer acercamiento al tema de ejercicios de la ciudadanía en juventudes con discapacidades , debido al perfil organizativo a favor de la defensa y promoción de los derechos civiles y políticos de juventudes con el que cuenta la organización; encontrando los siguientes hallazgos.



Hallazgos de la observación.
De acuerdo al Censo 2010 jóvenes con discapacidad entre 15 y 29 años  se ubican en  el (1.9%) del total de la población en México de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI),cabe mencionar que los datos no se encuentran desagregados por lo que no se pueden establecer condiciones suficientes para saber específicamente las caracterísitcas de la población joven con discapacidad en el país, ni su nivel de hetereogenidad.
El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, confiere al  Instituto Federal Electoral desarrollar en forma integral y directa, actividades relativas a la capacitación y educación cívica , que de acuerdo al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE); considera entre otros fines del Instituto, los de contribuir al desarrollo de la vida democrática, asegurando a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales, como la promoción del voto y la difusión de la cultura democrática.
La Estrategia Nacional de Educación Cívica para el Desarrollo de la Cultura Política Democrática en México 2011-2015, del Instituto Federal Electoral refiere que  “El ejercicio de los derechos de las personas, la participación de los procesos electorales y una convivencia basada en los valores de la democracia, son rasgos de la ciudadanía activa“ principio en el cual se basa el artículo 5 del COFIPE [..] 4.- Es derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos participar como observadores de los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral, en la forma y términos en que determine el Consejo General del Instituto para cada proceso electoral, de acuerdo con las bases siguientes:[..] d) Sólo se otorgará la acreditación a quien cumpla, además de los que señale la autoridad electoral, los siguientes requisitos: I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
Como parte de la observación y de acuerdo al marco jurídico vigente, personas con discapacidad, debidamente acreditados y reconocidos como observadores electorales, formaron parte del Observatorio dirigido por Organización Fuerza Ciudadana, llevando a cabo actividades específicas relacionadas a la educación cívica y fomento al voto joven, en el proceso electoral federal 2011-2012, participando desde su condición de ciudadanos jóvenes con discapacidad.
La Organización Fuerza Ciudadana, comprometida con la defensa de los derechos civiles y políticos de las juventudes, incluyó y transversalizó en su esquema de trabajo una serie de estrategias, en cuanto al tema de discapacidad, que dieron por resultados, los siguientes hallazgos:
Resultados de la Entrevista con los funcionarios de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica:
A la pregunta relacionada con la existencia de programas específicos de educación cívica  y promoción del voto dirigidas a juventudes con discapacidad, funcionarios de la Dirección reconocen que en términos generales no existen todavía los mecanismos suficientes para llevar a cabo, si quiera un diagnóstico que permita ver cuales son las necesidades específicas de la población con discapacidad, pues es un tema que no se a abordado aún, con lo cual también se abre una ventana de oportunidades, no sólo para el Instituto sino para las Organizaciones de la Sociedad Civil, a quien sugieren “no soltar el tema” y ser enfáticos en las observaciones, para que se actúe bajo los principios de ajustes razonables.

En cuanto al cuestionamiento, de cuáles son los mecanismos que utiliza el Instituto para diminuir la brecha de exclusión, entre personas con discapacidad que se sienten ajenas al proceso y la comunidad en general para incluir a las personas con discapacidad; los funcionarios refieren que debido a la limitación de recursos es difícil organizar estrategias específicas para cada sector de la población, sin embargo están en plena disposición para trabajar con organismos civiles, que en coordinación y en base a comités, orienten las acciones hacia políticas incluyentes.

Se preguntó también acerca de la adaptabilidad del material utilizado en telegrama ciudadano y la consulta infantil y juvenil, para la participación de niños, niñas y jóvenes con discapacidad; a lo que refieren que  debido a cuestiones limitadas en cuanto al recurso, es difícil llevar a cabo la elaboración de materiales tan específicos, además de que los proveedores no son lo suficientemente eficientes en cuanto a la producción de material específico para personas con discapacidad (poniendo de ejemplo, imprentas que manejen tirajes en Braille)

Pese a las limitaciones existentes en cuanto al acceso de material adaptado, funcionarios del Instituto reconocen la importancia de brindar información accesible a la población con discapacidad, por lo que mencionan que uno de los esfuerzos realizados a manera institucional y recientemente, es el establecimiento de una plataforma web, para brindar información accesible a personas, en este caso, con debilidad visual.
Referente a qué tipo de información se les brinda a capacitadores y asistentes electorales, por parte del Instituto, en cuanto a la operación del artículo 266, en el que establece que personas privadas de sus facultades mentales , se les negará la entrada a la casilla; funcionarios reconocen como absurdo e inoperable, sugieren la realización de la propuesta desde la sociedad civil para la eliminación de tal “especificación”.

Interpretación general.
Si bien existe el reconocimiento de que el tema de discapacidad permanece ajeno a los aspectos democráticos, nos encontramos con la disposición, de las autoridades de la actual administración, de establecer formar y puentes de trabajo para beneficio, en este caso, de la población con discapacidad, a través de la emisión de recomendaciones, capacitaciones pertinentes o instauración de comités, desde donde puedan ser evaluadas las propuestas en la materia.
Encontramos también que uno de los grandes obstáculos es aquel que se relaciona directamente con el presupuesto y la delegación de recursos financieros, materiales y humanos; los cuales se piensa erróneamente, que por ser especializados, el incremento de costos es mayor; sin embargo uno de los esquemas de ajustes razonables, es precisamente el de proporcionar adecuaciones sin que esto implique cargas desproporcionadas o indebidas, que permitan modificaciones y adaptaciones necesarias, con el fin de compensar alguna deficiencia que les impida el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones que los demás. Por ejemplo, efectuar adaptaciones en la capacitación de capacitadores o asistentes electorales, que permita eliminar las barreras actitudinales, que impidan a una persona con discapacidad participar en el proceso electoral
Resultados de las entrevistas en las juntas locales y  distritales a los vocales de capacitación electoral  y educación cívica.
Las preguntas específicas fueron:
¿Están realizando capacitación específica para atención a personas con discapacidad?
¿Qué tipos de discapacidad?
¿Cuentan con material específico en materia de discapacidad?

Jalisco:
De manera general en cuanto a la capacitación, se refieren a las personas con discapacidad motriz o sensorial, principalmente, en este caso, personas ciegas o en silla de ruedas, mismas que tienen preferencia en la fila o pueden hacerse acompañar de personas de su confianza; la discapacidad intelectual o psicosocial, permanecen invisibles o bien estigmatizadas, pensando que existe una controversia por si deben o no de acceder a su credencial de elector.
Como tipos de discapacidad, se encuentra que existe una relación directa con las personas adultas mayores o mujeres embarazadas, lo que refleja que existe una pobreza considerable en la capacidad de la población para identificar y diferenciar a una persona con discapacidad de una que no vive bajo esa condición; tal es el caso de las mujeres embarazadas
Como materiales específicos, refieren a las plantillas Braille únicamente.

Estado de México
Durante las entrevistas, se especifican de dos casos, en el que los capacitadores, toman la decisión, en base a su criterio la consideración de si la persona es o no apta para realizar las funciones en la casilla, la discapacidad motriz no refleja problemática alguna, sin embargo nos encontramos con la limitación de “analizar” el buen razonamiento de una persona, como condicionante para su participación en el proceso; consecuencia del escaso acceso a una información mucho más específica, acerca de las capacidades de las personas que presentan, incluso alguna limitación, psicosocial o cognitiva.
En tipos de discapacidad ubican de manera funcional a la discapacidad visual y motriz, situación contraria en la discapacidad intelectual.
Nuevo León.
La tendencia se mantiene constante, en visibilizar, sólo a las personas con discapacidad visual y motriz, por lo que la mención de los materiales de capacitación se dirigen hacia esta vertiente: mampara especial y boletas Braille.
Se refieren a casos de discapacidad, de manera particular y aislada desde una experiencia más personal, que colectiva,  no como un componente más de la población general.
Oaxaca.
Conserva las tendencias generales, que en los anteriores estados, por lo que se supone, no existe una homologación de procesos de capacitación en cuanto a la temática de discapacidad, misma a la que se refieren de manera aislada y como casos excepcionales o en “menor número de la población”.
Los materiales que se ubican siguen siendo aquellos que se refieren a la discapacidad motriz o visual; así como los materiales.
Distrito Federal
Conserva la misma tendencia que permanece en los estados, aunque el discurso va más inclinado hacia la no discriminación, sigue existiendo un desconocimiento general de los tipos de discapacidades , ubicando solamente a la visual y motriz, aspecto que se correlaciona directamente con el material existente.

Resultados de la Observación de campo de la Consulta Infantil y Juvenil 2012
Se entrevistaron a 149 voluntarios de casilla de entre los 18 a 29 años de edad. Del total de estos los de 18 años tuvieron el porcentaje más alto con el 17.45%, siguiéndole aquellos de 19 años con el 13.32%
En cuanto al tema de discapacidad se realizaron las siguientes preguntas:
¿Recibiste capacitación para atender a personas con discapacidad?
¿Cuáles son los tipos de discapacidad?
¿Recibiste materiales específicos para personas con discapacidad?

En cuanto a la capacitación para atender a personas con discapacidad el 79.2% de los jóvenes entrevistados contestó que no, mientras que el 20.1% refería que sí, resultados de los que podemos inferir, que el desconocimiento de la temática en discapacidad es generalizado.
El 75.8% refiere no conocer los tipos de discapacidad que existen, ubicando erróneamente al analfabetismo dentro de la gama de discapacidad, con una tendencia de  1.34%, las discapacidades mencionadas, siguen siendo la visual y motriz o física.
Sobre la recepción del material específico el 65.8% de la población encuestada refiere que no, mientras que el 20% mencionó a la hoja en blanco, como material adecuado.
Resultados sobre discapacidad de los cuestionarios para observar la capacitación a funcionarios de casillas jóvenes de 18 a 29 años
Como parte de las actividades del Observatorio de Programas de Educción Cívica y Fomento al Voto Joven en el Proceso Electoral Federal 2011-2012 se observó la segunda etapa de capacitación electoral a funcionarios de casilla implementada por el Instituto Federal Electoral (IFE), se entrevistó a un total de 116 funcionarios jóvenes.
En materia de discapacidad, la pregunta número 5 fue: ¿Recibiste capacitación para atender a personas con discapacidad?: ¿Qué tipos de discapacidad?
El 61.1% de los entrevistados, refiere que sí, mientras que el 38.9% refiere que no recibió capacitación alguna; sin embargo al momento que se les pide, especifiquen los tipos de discapacidad, se conserva la tendencia general, de contemplar solamente la discapacidad visual con un 17%, visual y física 52% tendiendo hacia una vertiente menor el porcentaje de los que contemplan la discapacidad intelectual, motriz y sensorial; se detectó que existe una confusión al ubicar al analfabetismo, dentro de la esfera de la discapacidad.
Resultados sobre discapacidad de los cuestionarios aplicados a los observadores electorales.
El número total de cuestionarios fue de 46; de los cuales el 58.7 % respondió que sí ha recibido capacitación para atender a personas con discapacidad, mientras que el 41.3% refiere que no. Al preguntar los tipos de discapacidad, se mantiene la constante de visual y visual y física.

Solicitudes de Información sobre discapacidad.
Número de solicitud: UE/12/02395 Formulada a la Unidad Técnica de Servicios de Información y Documentación:
Consulta infantil y juvenil
Preguntas:
 14 Dentro de la Consulta Infantil y Juvenil 2012 ¿existen adaptaciones particulares para que las niñas, niños y juventudes con discapacidad puedan participar?

15  ¿Existe algún instrumento para medir la participación de los niños, niñas y juventudes con discapacidad puedan participar?

16 ¿Se realizará algún material de difusión especial para que niñas, niños y juventudes con discapacidad puedan conocer los resultados de la CIJ 2012?

En cuanto a las adaptaciones de particulares, refieren de manera exclusiva a la ubicación y accesibilidad de las casillas; sólo se contempla el espacio físico, no la capacitación que contemple la posibilidad de asistencia de una niña, niño o joven con discapacidad, sin embargo tampoco se limita su participación por la condición de discapacidad.
No existe instrumento alguno para medir la asistencia de la población con discapacidad a este tipo de ejercicios democráticos, ni tampoco se cuenta con un mecanismo para hacerlos partícipes de los resultados.

A la respuesta de la solicitud de información UE/12/02399 referente a la existencia de montos asignados y específicos para la difusión de la Consulta infantil y Juvenil CIJ entre la población de niños, niñas y jóvenes con discapacidad.
La DECEyEC refiere que no existe ningún monto asignado para la creación de materiales, sin embargo se contemplará la posibilidad de la elaboración de algún material especial




[1] www.un.org
[2] Rolander Garmedia Yereli, Coord, Montes Betancourt Brenda, Culebro Bahena Rocío; Armonización legislativa en materia de discapacidad en México: actualidad y retos. Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia. p .
[3] García Nieto, Paola. La cooperación internacional para el desarrollo y las políticas de juventud ¿Cuál participación juvenil? Tema de cooperación internacional para el desarrollo: criticar proponer, sistematizar, Documentos de posgrado Instituto Mora. Página 173
[4] De acuerdo con Ziccardi , en el análisis de la participación ciudadana se pueden distinguir los siguientes tipos: 1) participación institucionalizada (reglamentada); 2) participación no institucionalizada (no reglamentada); 3) participación autónoma (tocante a la realizada por las ONG u otro tipo de organización social; 4) participación clientelística (referente a las formas corporativas o favoritistas), y 5) participación incluyente o equitativa (relativa a toda la ciudadanía). Véase Ziccardi, Gobernabilidad, 1998, Página 29 y 36.
[5] García Nieto ídem página 176
[6] García Nieto ídem página 176
[7] Ortíz Leroux Jaime Eduardo “El sujeto de la ciudadanía en la Constitución Mexicana  www.juridicas.unam .mx
[8] ídem
[9] Ponencia presentada en la CNDH- Capacidad jurídica de la persona con discapacidad.  
[10] Sara Montero Duhalt,Diccionario jurídico mexicano, t. III Página 1659.
[11] Human Rigth Watch escogió Perú para elaborar este informe en razón de la política  que estuvo vigente hasta 2011 y que permitió que se privara del derecho a voto a personas con discapacidad intelectual o psicosocial.  A su vez, los esfuerzos que realiza actualmente este país para reformar las leyes y políticas internas y adecuarlas a la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad ayudan a identificar los desafíos que existen cuando se busca garantizar la igualdad de  derechos a la participación política y la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Diversas organizaciones de personas con discapacidad y especialistas en discapacidad de Perú también señalaron este tema como una oportunidad para que Perú implemente cambios internos y se transforme en un modelo de buenas prácticas en la estrategia para abordar los mismos obstáculos que enfrentan otros países de la región y  el mundo. www.hrw.org